A- de 2001
Ponente Carlos Gaviria Díaz
✓Demandante Victoria De Los Dolores Marin Velasquez
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se ordenó inaplicar en la resolución de este conflicto de competencia el Art. 1 del Decreto reglamentario 1382 de 2000, por ser contrario a las normas de la Carta Política sobre la reserva legal.
Se desató el conflicto de competencia que se presentó entre la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil, y el Consejo Seccional de la Judicatura de Antioquia, Sala Jurisdiccional Disciplinaria, con ocasión de la tutela que presentó la ciudadana de la referencia, señalando que es el Consejo Seccional el competente para conocer en primera instancia de ese proceso.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. INAPLICAR en la resolucion de este conflicto de competencia el articulo 1 del Decreto reglamentario 1382 de 2000, por ser contrario a las normas de la Carta Politica sobre la reserva legal.
- Segundo. DESATAR el conflicto de competencia que se presento entre la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casacion Civil, y el Consejo Seccional de la Judicatura de Antioquia, Sala Jurisdiccional Disciplinaria, con ocasion de la solicitud de tutela que presento Victoria del Socorro Marin Velasquez en contra del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellin, Sala de Familia, senalando que es el Consejo Seccional de la Judicatura de Antioquia, Sala Jurisdiccional Disciplinaria el competente para conocer en primera instancia de ese proceso.
- Tercero. REMITIR al Consejo Seccional de la Judicatura de Antioquia, Sala Jurisdiccional Disciplinaria, el expediente radicado bajo el numero ICC-200, para que esa Corporacion le imprima el tramite respectivo.
- Comuniquese,
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.